Compromiso de Gobierno con las víctimas: !firme! “LAS 16 CURULES AMPLIARÁN LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS VÍCTIMAS”: CONSEJERO ARCHILA
- Reglamentación presidencial incluye garantías para asegurar que víctimas si sean la beneficiarias
- “Avanzamos para asegurar que no haya interferencias ni injusticias en el proceso”, reitera Archila
Bogotá, 6 de octubre de 2021.- El Consejero Presidencial para la Estabilización y Consolidación, Emilio J Archila, afirmó que el Gobierno del Presidente Iván Duque garantiza la participación política activa de las víctimas.
Esas garantías- explicó Archila – están contenidas en un Decreto Autónomo que reglamenta el Acto legislativo 02 de 2021 creó las 16 curules para las víctimas en la Cámara de Representantes para los periodos 2022-2026 y 2026-2030
Archila insistió en que el presidente Duque está comprometido con la garantía de los derechos de las víctimas. “El compromiso del gobierno con la asistencia y reparación se ha visto reflejado en los distintos frentes de la Política de Paz con Legalidad, especialmente, en las actuaciones y logros por parte de la Unidad para las Víctimas y la Unidad de Restitución de Tierras”, agregó.
“El decreto cumple los tiempos previstos en el acto legislativo 02 de 2021, como lo ordena la Sentencia SU-150 de la Corte Constitucional.
Desde el Gobierno se adelantan de manera diligente todas las actividades para materializar los derechos de las víctimas.
La reglamentación incluyó aspectos para asegurar que las víctimas sean las beneficiarias de esas curules”, explicó el Consejero:
• Establece los requisitos que deben cumplir las Organizaciones que tienen derecho a postular víctimas como candidatos a las curules. En este sentido, determinó: las calidades de las organizaciones de víctimas, campesinas, sociales incluyendo las de las mujeres y grupos significativos de ciudadanos, así como también de los consejos comunitarios, resguardos, autoridades indígenas y las kumpañy (pueblo Rom). Este punto, se encuentra articulado con la Resolución 10592 de 2021 de la Registraduría Nacional del Estado Civil, que establece el procedimiento mediante el cual estas organizaciones se acreditan ante la Registraduría para iniciar el trámite de electoral.
• los requisitos y calidades que deben cumplir los candidatos a las curules. Teniendo en cuenta que solamente podrán acceder a estos puestos las víctimas el Decreto estableció en cabeza de la Unidad para las Víctimas el deber de certificar y acreditar la calidad de víctima o de el desplazado en proceso de retorno al territorio. Así pues, la Unidad adelantará este proceso mediante un mecanismo digital atendiendo las solicitudes en un plazo razonable de conformidad con el calendario electoral.
• El decreto también establece un mecanismo mediante el cual el Gobierno nacional apoya al Consejo Nacional Electoral en la validación que los candidatos inscritos no pertenezcan o hayan sido miembros de las FARC-EP o de los grupos armados al margen de la ley que hayan suscrito un acuerdo de paz con el Gobierno Nacional en los últimos 20 años.
• El decreto también prevé y establece el régimen sancionatorio de quienes habiendo sido elegidos en algunas de las circunscripciones transitorias de paz no cumplan con los requisitos. En este sentido, se establece que se aplicarán sanciones como la i) pérdida del cargo, ii) la revocación de la posesión del cargo, iii) la pérdida de investidura e inhabilidad. Asimismo, se prevé la aplicación de la figura de iv) la silla vacía, que implica que la curul no podrá ser remplazada, en caso que se de la perdida de investidura.
• El Decreto establece el mecanismo presupuestal mediante el cual se garantizarán los recursos necesarios para las Autoridades Electorales y que estas puedan garantizar el proceso electoral. Asimismo, estableció el mecanismo mediante el cual se podrá garantizar la financiación de las campañas que será preponderantemente estatal.
• El decreto establece como el Gobierno nacional de la mano con el Consejo Nacional Electoral se adelantarán los mecanismos de observación y transparencia ciudadana al proceso electoral. Adicionalmente, se establece la creación de los Tribunales Transitorios de Paz encargados de atender las reclamaciones del proceso y las candidaturas.
• El decreto también estableció la suspensión en cualquiera de los puestos de votación de las 16 circunscripciones transitorias de paz, por razones de orden público.
El consejero Archila reiteró que el gobierno no permitirá interferencias en el proceso de escogencia de la representación de las víctimas en las curules de la paz.