
- En cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo de Paz el último Secretariado de las FARC-EP fue condenado por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) con la máxima Sanción Propia. Deberán trabajar por 8 años en la búsqueda de personas desaparecidas, acción integral contra minas, recuperación del medio ambiente y reparación simbólica.
- La primera sentencia corresponde a casos por el delito de secuestro cometidos entre los años 1993 y 2012. Se esperan más sanciones contra los responsables por bloques de la extinta guerrilla. A la fecha, 41 firmantes han sido imputados por estos crímenes y todos han reconocido su responsabilidad en los patrones documentados por la JEP.
- Los comparecientes nunca habían rendido cuentas ante la justicia ordinaria. La impunidad por estos crímenes alcanzaba el 92%.
- “Nunca más el secuestro como medio de guerra. Nunca más una vida rota en nombre de un propósito político, nunca más”, Alejandro Ramelli, presidente de la JEP.
Bogotá D.C., 16 de septiembre de 2025. Como un hito en el cumplimiento del Acuerdo de Paz, hoy se dio lectura a la primera sentencia restaurativa de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) contra siete exintegrantes del último Secretariado de las extintas Farc-EP, declarados máximos responsables por la política de secuestro que ejecutaron durante los años 1993 a 2012.
La sesión inició con la intervención del magistrado Alejandro Ramelli, presidente de la JEP, quien destacó el papel de la justicia restaurativa para llegar a la verdad, reconociendo el dolor de las víctimas y avanzando hacia la sanación.
Ramelli explicó que en el proceso la JEP recibió 1.200 escritos, escuchó a 800 víctimas y realizó 95 actividades en las que sus testimonios de vida interpelaron a los responsables. “A este momento nos trajeron dos fuerzas: la verdad de los responsables y la persistencia de las víctimas”, expresó.
“Nunca había ocurrido, en ningún lugar del mundo, que los máximos responsables de una organización armada reconocieran públicamente sus crímenes que registran unos 21.396 hechos victimizantes (…). La sentencia de hoy es un hito, pero el sentido de la JEP no está solo en este fallo, sino en el camino recorrido por víctimas y comparecientes, y en el que falta por andar: la ejecución de las sanciones”, agregó.
La sentencia aborda crímenes atroces que tienen como consecuencia graves afectaciones a las personas que los vivieron, sus familias y seres queridos. Estos crímenes, explicó la JEP, afectaron a personas y poblaciones a lo largo y ancho de todo el país, motivo por el cual el grupo de víctimas está conformado por una
pluralidad de personas de distintos géneros, condiciones socioeconómicas, pertenencias étnicas, orientaciones e identidades de género y ocupaciones. Es por ello que, sancionar estos crímenes implica retos inmensos para la satisfacción de los derechos de las víctimas y la implementación de los proyectos restaurativos. Sin embargo, dada la complejidad del escenario transicional que implica esta sentencia, su análisis y recepción debe ser consciente de la cantidad y diversidad de dolores y daños que pretende abordar esta sanción y del carácter irreparable de muchos de esos daños.
Al tiempo, esta sentencia requiere un estudio juicioso de su contenido y una apuesta renovada porque todo conflicto social y armado sea resuelto o transformado a través del diálogo y la justicia imparcial, independiente y centrada en las víctimas. Las sanciones hacen parte de un proyecto de país que es hoy más urgente que nunca: la solución pacífica de los conflictos, la renuncia a las armas en la sociedad y en la política y la una apuesta por la reparación y la restauración como formas de sanción y de reconstrucción del tejido social. La paz, el diálogo y el trabajo en favor de las víctimas es el camino.
El encargado de la lectura de la sentencia fue el magistrado Camilo Suárez, de la Sección de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz, quien reveló la imposición de una Sanción Propia de 8 años a siete exintegrantes de las FARC- EP: Rodrigo Londoño, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Miltón Toncel, Jaime Parra, Julián Gallo y Rodrigo Granda, declarados máximos responsables en calidad de autores por los crímenes de guerra, toma de rehenes, homicidios, crímenes de lesa humanidad, de privaciones graves de la libertad, asesinatos y desapariciones forzadas.
La sentencia establece restricciones de derechos, como la limitación de movilidad para garantizar la permanencia en lugares determinados, el cumplimiento de horarios en actividades laborales, el monitoreo permanente mediante un dispositivo electrónico y la participación en los proyectos restaurativos durante el tiempo establecido que hacen parte del compromiso en el desarrollo de acciones para la búsqueda de personas desaparecidas, el desminado humanitario, la recuperación ambiental y la reparación simbólica a las víctimas.
Según el comunicado público de la JEP, como parte de la sanción inicialmente se priorizaron: un proyecto de búsqueda, identificación y entrega digna de personas dadas por desaparecidas en el cementerio de Palmira, Valle del Cauca, un proyecto de memoria en el que los comparecientes deberán realizar relatos dignificantes que empezarán en Cali y Neiva.
“Las obras serán monitoreadas por el Mecanismo de Monitoreo y Verificación de las Sanciones Propias, conformado por la JEP y la Misión de Verificación de la ONU. El Gobierno Nacional es responsable de garantizar los recursos y las
medidas necesarias para la ejecución y cumplimiento de la sanción”, explicó la JEP.
Los trabajos que realizarán los siete miembros del último Secretariado consistirán en: (i) realizar acciones integrales para la búsqueda, reencuentro o entrega digna de las personas dadas por desaparecidas en el conflicto armado. Para esta sanción se consideraron aspectos centrales como que el 8% de las víctimas de este caso reportaron personas dadas por desaparecidas. (ii) Realizar actos de reconocimiento de responsabilidad y de perdón, al tiempo que deberán contribuir a la creación de dispositivos de memoria para dignificar a las víctimas.
(iii) Realizar acciones de restauración ecológica y ambiental como recuperación de especies nativas o producción de cultivos de alimentos para las víctimas del caso. Esta acción está relacionada con los daños ambientales que generaron los miembros de las FARC-EP y con la afectación a la vida económica de las víctimas de los crímenes de este macrocaso. (iv) Contribuir a las acciones de liberación de tierras de minas antipersonales a través de la identificación de lugares afectados por minas, el levantamiento de cartografías para la liberación de las tierras y otras acciones en favor de las poblaciones afectadas por las minas antipersonales. Esta medida está relacionada con los daños generados a las poblaciones por el control territorial y social de las FARC-EP que incluía la disposición de estos artefactos explosivos.
Conozca el comunicado completo de la JEP
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